EREVÁN, 26 DE SEPTIEMBRE, ARMENPRESS. El Tribunal Constitucional de Armenia ha publicado sobre el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el reglamento sobre las actividades conjuntas de la Comisión de Demarcación y Seguridad Fronteriza de la Frontera Estatal entre la República de Armenia y la República de Azerbaiyán y la Comisión Estatal de Demarcación de la Frontera Estatal entre la República de Azerbaiyán y la República de Armenia firmado el 30 de agosto de 2024.
Según la decisión de la Tribunal Constitucional:
En base a los resultados de la investigación del caso y guiados por el artículo 168, inciso 3, artículo 170, partes 1 y 4 de la Constitución, así como los artículos 63, 64 y 74 de la Ley Constitucional sobre el Tribunal Constitucional, el Tribunal Constitucional decidió:
1. Las obligaciones establecidas en el reglamento sobre las actividades conjuntas de la Comisión de Demarcación y Seguridad Fronteriza de la Frontera Estatal entre la República de Armenia y la República de Azerbaiyán y la Comisión Estatal de Demarcación de la Frontera Estatal entre la República de Azerbaiyán y la República de Armenia firmados el 30 de agosto de 2024 corresponden a la Constitución.
2. Según el artículo 170, parte 2 de la Constitución, esta decisión es definitiva y entra en vigor desde el momento de su publicación.
Se informa que esta decisión será publicada íntegramente en el sitio web oficial del Tribunal Constitucional dentro del plazo que marca la ley.
Anteriormente se informó que se completó la evaluación de la constitucionalidad del reglamento sobre el trabajo conjunto de las comisiones de demarcación fronteriza entre Armenia y Azerbaiyán en el Tribunal Constitucional.
Los jueces Vahe Grigoryan, Edgar Shatiryan y Davit Khachaturyan son los informantes de este caso. El caso se evalúa por escrito y en privado. El reglamento se presentó al gobierno para su discusión conforme al procedimiento establecido por la legislación de Armenia. El Ejecutivo lo aprobó el 5 de septiembre y lo envió al Tribunal Constitucional para determinar su cumplimiento con la Constitución.